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Legislación › Ley 7/2012, de 21 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2013.

Artículo 57. Tipo de gravamen y cuota tributaria.

Artículo 57. Tipo de gravamen y cuota tributaria.

La cuota tributaria será el resultado de aplicar a la base imponible los siguientes tipos impositivos:

1. Residuos peligrosos: 21 euros por tonelada, prorrateándose la parte correspondiente a cada fracción de tonelada.

2. Residuos no peligrosos: 12 euros por tonelada, prorrateándose la parte correspondiente a cada fracción de tonelada.

3. Residuos no valorizables procedentes de plantas de tratamiento de residuos: 4 euros por tonelada, prorrateándose la parte correspondiente a cada fracción de tonelada.

Se modifica el apartado 3 por el art. 2 de la Ley 6/2013, de 21 de junio. BOE-A-2013-7479.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
25 de junio de 2013 En vigor BOE-A-2013-7479 Leer Qué cambió
1 de enero de 2013 Texto original Leer

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