Legislación › Real Decreto 354/2013, de 17 de mayo, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana.
Artículo 35. Recirculación profunda de agua en acuíferos para la producción de calor o frío.
Artículo 35. Recirculación profunda de agua en acuíferos para la producción de calor o frío.
Los aprovechamientos de recirculación profunda de agua en acuíferos para la producción de calor o frío, requerirán autorización expresa del Organismo de cuenca. En la documentación técnica a acompañar a la solicitud de aprovechamientos de este tipo se incluirá, además de sus características técnicas y sistema de explotación, el conjunto de elementos establecidos para la protección de los acuíferos.


