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Legislación › Ley 1/2013, de 21 de mayo, de Medidas de Reestructuración y Racionalización del Sector Público Empresarial y Fundacional de la Generalitat.

Disposición adicional undécima. Sistemas de información.

Disposición adicional undécima. Sistemas de información.

1. Los entes resultantes de la reestructuración deberán implantar una contabilidad de gestión que facilite la información de cada una de las nuevas unidades de actividad y aplicarán un modelo de gestión orientado a la racionalización de sus costes.

2. Con el objetivo de implantar un cuadro de mando de los entes que conforman la nueva configuración del sector público empresarial, los nuevos sistemas de información a aplicar en dichos entes deberán posibilitar la integración de la información económico-financiera y la interconexión con los sistemas de información que puedan implantarse por la Conselleria con competencia en materia de sector público empresarial.

Se modifica el apartado 2 por el art. 105 de la Ley 5/2013, de 23 de diciembre. BOE-A-2014-970.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2014 En vigor BOE-A-2014-970 Leer Qué cambió
24 de mayo de 2013 Texto original Leer

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