Legislación › Ley 3/2013, de 9 de mayo, de uso, protección y promoción de las lenguas y modalidades lingüísticas propias de Aragón.
Artículo 14. Educación permanente.
Artículo 14. Educación permanente.
El Gobierno de Aragón fomentará cursos de enseñanza para adultos o de educación permanente sobre las lenguas y modalidades lingüísticas propias de Aragón, principalmente en las zonas de utilización histórica predominante.


