Legislación › Ley 3/2013, de 20 de mayo, de impulso y ordenación de las infraestructuras de telecomunicaciones de Galicia.
Artículo 1. Objeto.
Artículo 1. Objeto.
La presente ley tiene por objeto regular el impulso y la ordenación de las infraestructuras de telecomunicaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia y establecer el marco legal y las condiciones adecuadas para que su despliegue territorial se realice de manera ágil, ordenada, eficiente, segura y respetuosa con el medio ambiente.
Se levanta la suspensión de la vigencia y aplicación por Auto del TC de 22 de julio de 2014. BOE-A-2014-7961
Téngase en cuenta que se declara la desestimación del recurso de inconstitucionalidad 1424/2014, por Sentencia del TC. BOE-A-2016-1834
Se suspende la vigencia y aplicación de este artículo desde el 7 de marzo de 2014 para las partes en el proceso y desde el 12 de abril de 2014 para los terceros, por providencia del TC que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad 1424/2014. BOE-A-2014-3945.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 26 de julio de 2014 En vigor | BOE-A-2014-7961 | Leer | Qué cambió |
| 12 de abril de 2014 | BOE-A-2014-3945 | Leer | Qué cambió |
| 7 de julio de 2013 | Texto original | Leer |


