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Legislación › Real Decreto 397/2013, de 7 de junio, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Ingeniería.

Artículo 12. Derechos y obligaciones de los Académicos y Académicas Supernumerarios.

Artículo 12. Derechos y obligaciones de los Académicos y Académicas Supernumerarios.

Los Académicos y Académicas Supernumerarios tendrán los mismos derechos y obligaciones que los Académicos y Académicas de Número, excepto los relacionados con el derecho de voto y presentación de candidatos a nuevos Académicos. No serán elegibles para los cargos de Presidente, Vicepresidente o Secretario, pero sí como otros miembros de la Junta de Gobierno.

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