Legislación › Ley 5/2013, de 20 de junio, de calidad de los Servicios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Artículo 12. Momento de la evaluación.
Artículo 12. Momento de la evaluación.
La evaluación de las políticas públicas podrá realizarse:
a) En la fase de planificación o programación.
b) Durante la aplicación de la política pública en el período programado.
c) Con posterioridad a la ejecución de la política pública programada.


