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Legislación › Ley 11/2014, de 9 de diciembre, de accesibilidad universal de Extremadura.

Disposición adicional primera. Símbolo Internacional de la Accesibilidad.

Disposición adicional primera. Símbolo Internacional de la Accesibilidad.

Se utilizará el Símbolo Internacional de Accesibilidad (SIA) para señalizar como elemento accesible, aquellos que reglamentariamente se determinen.

El SIA podrá complementarse con otras señales direccionales o informativas para propiciar una mejor comunicación con el entorno o especificar una reserva.

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