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Legislación › Ley 11/2014, de 9 de diciembre, de accesibilidad universal de Extremadura.

Disposición adicional segunda. Actualizaciones de las cuantías de las sanciones pecuniarias.

Disposición adicional segunda. Actualizaciones de las cuantías de las sanciones pecuniarias.

El Consejo de Gobierno, mediante Decreto, podrá actualizar las cuantías de las sanciones previstas en la presente ley teniendo en cuenta para ello la variación de los índices de precios de consumo.

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