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Ley 11/2014, de 9 de diciembre, de accesibilidad universal de Extremadura.
En vigor Comunidad Autónoma de Extremadura · Publicada el 30 de diciembre de 2014 · Último cambio el 29 de noviembre de 2022 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- TÍTULO I
- Artículo 1. Objeto de la ley.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Principios generales.
- TÍTULO II
- Artículo 4. Condiciones de accesibilidad en la edificación.
- Artículo 5. Condiciones de accesibilidad en los espacios públicos urbanizados y los espacios públicos naturales.
- Artículo 6. Medidas de acción positiva en la edificación, espacios públicos urbanizados y espacios públicos naturales.
- TÍTULO III
- Artículo 7. Condiciones de accesibilidad en el transporte público.
- Artículo 8. Condiciones de accesibilidad en el transporte privado.
- Artículo 9. Medidas de acción positiva en el transporte.
- TÍTULO IV
- Artículo 10. Condiciones de accesibilidad a la comunicación.
- Artículo 11. Condiciones de accesibilidad en la sociedad de la información y los medios de comunicación social.
- Artículo 12. Medidas de acción positiva en la comunicación.
- TÍTULO V
- Artículo 13. Condiciones de accesibilidad para el acceso y utilización de los bienes y servicios a disposición del público.
- Artículo 14. Medidas de acción positiva para el acceso y utilización de los bienes y servicios a disposición del público.
- TÍTULO VI
- Artículo 15. Disposiciones generales.
- Artículo 16. Observatorio Extremeño de la Accesibilidad.
- Artículo 17. Planes de accesibilidad.
- Artículo 18. Fondo para la Promoción de la Accesibilidad.
- TÍTULO VII
- Artículo 19. Licencias y autorizaciones municipales.
- Artículo 20. Contratos administrativos.
- Artículo 21. Visado de los proyectos técnicos.
- Artículo 22. Control de las condiciones de accesibilidad.
- TÍTULO VIII
- Artículo 23. Composición del Consejo Extremeño para la Promoción de la Accesibilidad Universal. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 24. Funciones del Consejo Extremeño para la Promoción de la Accesibilidad Universal.
- TÍTULO IX
- Artículo 25. Objeto de las infracciones.
- Artículo 26. Legitimación activa.
- Artículo 27. Sujetos responsables.
- Artículo 28. Deber de colaboración.
- Artículo 29. Infracciones.
- Artículo 30. Sanciones.
- Artículo 31. El procedimiento sancionador.
- Artículo 32. Administración y órganos competentes.
- Artículo 33. Prescripción de las infracciones y sanciones.
- Disposición adicional primera. Símbolo Internacional de la Accesibilidad.
- Disposición adicional segunda. Actualizaciones de las cuantías de las sanciones pecuniarias.
- Disposición adicional tercera. Apoyo animal.
- Disposición adicional cuarta. Planes de accesibilidad.
- Disposición adicional quinta. Planeamiento urbanístico.
- Disposición transitoria primera. Normativa vigente.
- Disposición transitoria segunda. Licencias y autorizaciones.
- Disposición transitoria tercera. Planeamiento urbanístico.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO


