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Legislación › Ley Foral 2/2014, de 17 de febrero, por la que se regulan los órganos rectores de determinadas fundaciones.

Disposición adicional primera.

Disposición adicional primera.

En lo no dispuesto en la presente ley foral, se estará a lo establecido en el régimen foral aplicable a las fundaciones y, en particular, a la Ley Foral 13/2021 de 30 de junio, de Fundaciones de Navarra.

Se modifica por el art. 1.10 de la Ley Foral 1/2022, de 26 de enero de 2022. BOE-A-2022-2069

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2022 En vigor BOE-A-2022-2069 Leer Qué cambió
26 de febrero de 2014 Texto original Leer

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