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Legislación › Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado.

Disposición adicional novena. El Instituto Cervantes.

Disposición adicional novena. El Instituto Cervantes.

El Instituto Cervantes contribuirá a la difusión de la cultura y de la lengua en el exterior, en coordinación con los demás órganos competentes de la Administración General del Estado y en colaboración con las Comunidades Autónomas, sin perjuicio de la promoción de las demás lenguas españolas cooficiales.

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