Legislación › Orden HAP/7/2014, de 8 de enero, por la que se regula el Registro de funcionarios habilitados para la identificación y autenticación de ciudadanos en el ámbito de la Administración General del Estado y sus organismos públicos vinculados o dependientes.
Disposición adicional segunda. Constitución y funcionamiento.
Disposición adicional segunda. Constitución y funcionamiento.
La constitución y el funcionamiento de este Registro se atenderán con los medios personales y materiales existentes en la Dirección General de Modernización Administrativa, Procedimientos e Impulso de la Administración Electrónica de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.
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