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Legislación › Orden HAP/7/2014, de 8 de enero, por la que se regula el Registro de funcionarios habilitados para la identificación y autenticación de ciudadanos en el ámbito de la Administración General del Estado y sus organismos públicos vinculados o dependientes.

Disposición adicional tercera. Modificación de formularios.

Disposición adicional tercera. Modificación de formularios.

Corresponde a la Dirección General de Modernización Administrativa, Procedimientos e Impulso de la Administración Electrónica la modificación de los formularios previstos en los anexos I y II de esta Orden relativos al consentimiento por parte del ciudadano para su identificación y autenticación por el funcionario público habilitado, a las credenciales que se otorgan a los funcionarios habilitados, así como la aprobación de otros formularios que, en su caso, resulten precisos para la gestión de dicho Registro.

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