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Legislación › Ley 2/2014, de 28 de marzo, de Centros Museísticos de Castilla y León.

Artículo 34. Declaración de interés social a efectos expropiatorios.

Artículo 34. Declaración de interés social a efectos expropiatorios.

Podrán ser declaradas de interés social a los efectos previstos en la normativa sobre expropiación forzosa la instalación o ampliación de los centros museísticos integrados en la Red Museística de Castilla y León.

Esta declaración podrá extenderse a los inmuebles contiguos cuando así lo requiera la ampliación o seguridad de dichos centros museísticos, así como a las servidumbres a que se refiere el artículo 50.3 y que resulten precisas a tales fines.

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