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Legislación › Ley 2/2014, de 28 de marzo, de Centros Museísticos de Castilla y León.

Artículo 61. Personas responsables.

Artículo 61. Personas responsables.

1. Serán responsables de las infracciones administrativas en materia de centros museísticos las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, que realicen los hechos constitutivos de aquellas.

2. Serán responsables subsidiarios de las infracciones cometidas por el personal vinculado al centro museístico cuando consientan la conducta infractora expresa o tácitamente o no adopten las medidas necesarias para evitarla:

a) Los directores y administradores de los centros museísticos.

b) Los titulares o, en su caso, los gestores de los centros museísticos.

3. La responsabilidad será solidaria cuando sean varios los responsables y no sea posible determinar el grado de participación de cada uno de ellos en la realización de la infracción.

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