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Legislación › Ley 2/2014, de 28 de marzo, de Centros Museísticos de Castilla y León.

Artículo 66. Prescripción de las sanciones.

Artículo 66. Prescripción de las sanciones.

Las sanciones previstas en esta ley prescribirán en los siguientes plazos: las sanciones impuestas por infracciones muy graves a los diez años, las impuestas por faltas graves a los cinco años y las impuestas por faltas leves al año.

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