Legislación › Ley 2/2014, de 14 de abril, por la igualdad de trato y la no discriminación de lesbianas, gays, transexuales, bisexuales e intersexuales en Galicia.
Artículo 1. Objeto de la ley.
Artículo 1. Objeto de la ley.
1. El objeto de esta ley es garantizar el principio de igualdad de trato y de no discriminación por razón de orientación sexual e identidad de género de las personas homosexuales, bisexuales, transexuales, transgénero e intersexuales.
2. Esta ley establece principios y medidas destinados a la prevención, corrección y eliminación de toda discriminación por razón de orientación sexual e identidad de género, en los sectores público y privado, y dentro del ámbito de aplicación contenido en el artículo 2.


