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Instrumento de ratificación del Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica, hecho en Estambul el 11 de mayo de 2011.

En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 6 de junio de 2014 · Último cambio el 6 de junio de 2014 · Ver en el BOE

Índice

  1. Instrumento de ratificación
  2. CONVENIO
  3. Preámbulo
  4. CAPÍTULO I
  5. Artículo 1. Objetivos del Convenio
  6. Artículo 2. Ámbito de aplicación del Convenio
  7. Artículo 3. Definiciones
  8. Artículo 4. Derechos fundamentales, igualdad y no discriminación
  9. Artículo 5. Obligaciones del Estado y diligencia debida
  10. Artículo 6. Políticas sensibles al género.
  11. CAPÍTULO II
  12. Artículo 7. Políticas globales y coordinadas
  13. Artículo 8. Recursos financieros
  14. Artículo 9. Organizaciones no gubernamentales y sociedad civil
  15. Artículo 10. Órgano de coordinación
  16. Artículo 11. Recogida de datos e investigación
  17. CAPÍTULO III
  18. Artículo 12. Obligaciones generales
  19. Artículo 13. Sensibilización
  20. Artículo 14. Educación
  21. Artículo 15. Formación de profesionales
  22. Artículo 16. Programas preventivos de intervención y tratamiento
  23. Artículo 17. Participación del sector privado y los medios de comunicación
  24. CAPÍTULO IV
  25. Artículo 18. Obligaciones generales
  26. Artículo 19. Información
  27. Artículo 20. Servicios de apoyo generales
  28. Artículo 21. Apoyo en materia de denuncias individuales/colectivas
  29. Artículo 22. Servicios de apoyo especializado
  30. Artículo 23. Casas de acogida
  31. Artículo 24. Guardias telefónicas
  32. Artículo 25. Apoyo a las víctimas de violencia sexual
  33. Artículo 26. Protección y apoyo a los menores expuestos
  34. Artículo 27. Denuncia
  35. Artículo 28. Denuncia por profesionales
  36. CAPÍTULO V
  37. Artículo 29. Acciones y recursos civiles
  38. Artículo 30. Indemnización
  39. Artículo 31. Custodia, derecho de visita y seguridad
  40. Artículo 32. Consecuencias civiles de los matrimonios forzosos
  41. Artículo 33. Violencia psicológica
  42. Artículo 34. Acoso
  43. Artículo 35. Violencia física
  44. Artículo 36. Violencia sexual, incluida la violación
  45. Artículo 37. Matrimonios forzosos
  46. Artículo 38. Mutilaciones genitales femeninas
  47. Artículo 39. Aborto y esterilización forzosos
  48. Artículo 40. Acoso sexual
  49. Artículo 41. Asistencia o complicidad y tentativa
  50. Artículo 42. Justificación inaceptable de los delitos penales, incluidos los delitos cometidos supuestamente en nombre del «honor»
  51. Artículo 43. Sanción de los delitos penales
  52. Artículo 44. Competencia
  53. Artículo 45. Sanciones y medidas
  54. Artículo 46. Circunstancias agravantes
  55. Artículo 47. Condenas en otra Parte
  56. Artículo 48. Prohibición de modos alternativos obligatorios de resolución de conflictos o imposición de condenas.
  57. CAPÍTULO VI
  58. Artículo 49. Obligaciones generales
  59. Artículo 50. Respuesta inmediata, prevención y protección
  60. Artículo 51. Valoración y gestión de riesgos
  61. Artículo 52. Órdenes urgentes de prohibición
  62. Artículo 53. Mandamientos u órdenes de protección
  63. Artículo 54. Investigación y pruebas
  64. Artículo 55. Procedimientos ex parte y ex officio
  65. Artículo 56. Medidas de protección
  66. Artículo 57. Asistencia jurídica
  67. Artículo 58. Prescripción
  68. CAPÍTULO VII
  69. Artículo 59. Estatuto de residente
  70. Artículo 60. Solicitudes de asilo basadas en el género
  71. Artículo 61. La no devolución
  72. CAPÍTULO VIII
  73. Artículo 62. Principios generales
  74. Artículo 63. Medidas relativas a las personas en situación de riesgo
  75. Artículo 64. Información
  76. Artículo 65. Protección de datos
  77. CAPÍTULO IX
  78. Artículo 66. Grupo de Expertos en la lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica
  79. Artículo 67. Comité de las Partes
  80. Artículo 68. Procedimiento
  81. Artículo 69. Recomendaciones generales
  82. Artículo 70. Participación de los parlamentos en el seguimiento
  83. CAPÍTULO X
  84. Artículo 71. Relación con otros instrumentos internacionales
  85. CAPÍTULO XI
  86. Artículo 72. Enmiendas
  87. CAPÍTULO XII
  88. Artículo 73. Efectos del Convenio
  89. Artículo 74. Solución de controversias
  90. Artículo 75. Firma y entrada en vigor
  91. Artículo 76. Adhesión al Convenio
  92. Artículo 77. Aplicación territorial
  93. Artículo 78. Reservas
  94. Artículo 79. Validez y examen de las reservas
  95. Artículo 80. Denuncia
  96. Artículo 81. Notificaciones
  97. Firma
  98. ANEJO