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Legislación › Instrumento de ratificación del Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica, hecho en Estambul el 11 de mayo de 2011.

Artículo 70. Participación de los parlamentos en el seguimiento

Artículo 70. Participación de los parlamentos en el seguimiento

1. Los parlamentos nacionales quedan invitados a participar en el seguimiento de las medidas adoptadas para la aplicación del presente Convenio.

2. Las Partes someterán los informes del GREVIO a sus parlamentos nacionales.

3. Se invita a Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa a hacer balance, con regularidad, de la aplicación del presente Convenio.

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