Legislación › Real Decreto
Real Decreto 379/2014, de 30 de mayo, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de autorización de establecimientos, higiene y trazabilidad, en el sector de los brotes y de las semillas destinadas a la producción de brotes.
En vigor Ministerio de la Presidencia · Publicada el 9 de junio de 2014 · Último cambio el 19 de junio de 2017 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Administraciones competentes.
- Artículo 4. Obligaciones de los operadores productores de brotes.
- Artículo 5. Autorización y registro de operadores productores de brotes.
- Artículo 6. Criterios microbiológicos.
- Artículo 7. Laboratorios. 2 redacciones · cambió el 19/06/2017
- Artículo 8. Requisitos en materia de trazabilidad de los brotes y de las semillas destinadas a la producción de brotes.
- Artículo 9. Requisitos de certificación aplicables a las importaciones de brotes y semillas destinadas a la producción de brotes.
- Artículo 10. Régimen sancionador.
- Disposición transitoria primera. Autorización de operadores productores de brotes actualmente en funcionamiento.
- Disposición transitoria segunda. Requisitos de certificación aplicables a las importaciones de brotes y semillas destinadas a la producción de brotes.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Facultad de modificación.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO I
- ANEXO II


