Legislación › Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.
Artículo 69 ter. Límites a la concentración sectorial.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de diciembre de 2018 y la del 29 de abril de 2021.
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Artículo 69 ter. Condiciones sobre Límites a la concesión de préstamos y otras operaciones. concentración sectorial.
Con el objetivo Cuando la exposición agregada de evitar el aumento excesivo del riesgo bancario las entidades de crédito o el endeudamiento excesivo de los agentes económicos, un subgrupo de estas a un determinado sector de actividad económica alcance niveles que puedan suponer un elemento de riesgo sistémico, el Banco de España podrá determinar el establecimiento de límites y condiciones sobre la concesión de préstamos, la adquisición de títulos de renta fija y derivados por exigir a las entidades de crédito, para operaciones con el sector privado radicado en España. crédito que limiten su exposición a dicho sector.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de abril de 2021 En vigor | BOE-A-2021-6872 | Leer | Qué cambió |
| 19 de diciembre de 2018 | BOE-A-2018-17294 | Leer |


