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Legislación › Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.

Artículo 69 ter. Límites a la concentración sectorial.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de diciembre de 2018 y la del 29 de abril de 2021. Tachado: lo que se quitó (56 palabras). Subrayado: lo que se añadió (43 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 69 ter. Condiciones sobre Límites a la concesión de préstamos y otras operaciones. concentración sectorial.
Con el objetivo Cuando la exposición agregada de evitar el aumento excesivo del riesgo bancario las entidades de crédito o el endeudamiento excesivo de los agentes económicos, un subgrupo de estas a un determinado sector de actividad económica alcance niveles que puedan suponer un elemento de riesgo sistémico, el Banco de España podrá determinar el establecimiento de límites y condiciones sobre la concesión de préstamos, la adquisición de títulos de renta fija y derivados por exigir a las entidades de crédito, para operaciones con el sector privado radicado en España. crédito que limiten su exposición a dicho sector.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de abril de 2021 En vigor BOE-A-2021-6872 Leer Qué cambió
19 de diciembre de 2018 BOE-A-2018-17294 Leer

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