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Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 5 de julio de 2014 · Último cambio el 13 de noviembre de 2015 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. Preámbulo
  3. TÍTULO I
  4. CAPÍTULO I
  5. Sección 1
  6. Artículo 1. Modificación de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, para adaptar el Fondo para Operaciones de Inversión en el Exterior de la Pequeña y Mediana Empresa (FONPYME).
  7. Artículo 2. Programa de garantías del Instituto de Crédito Oficial para favorecer la financiación y la internacionalización de la empresa española.
  8. Sección 2
  9. Artículo 3. Cancelación de las operaciones de préstamo formalizadas por las entidades locales con el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores.
  10. CAPÍTULO II
  11. Artículo 4. Declaración de zonas de gran afluencia turística en los municipios que reuniesen en 2013 los requisitos del artículo 5.5 de la Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de Horarios Comerciales, en la redacción dada por este real decreto-ley.
  12. Artículo 5. Declaración de zonas de gran afluencia turística de la disposición adicional undécima del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.
  13. Artículo 6. Modificación de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista.
  14. Artículo 7. Modificación de la Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de Horarios Comerciales.
  15. Artículo 8. Modificación de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine.
  16. CAPÍTULO III
  17. Artículo 9. Objeto y ámbito de aplicación.
  18. Artículo 10. Definiciones.
  19. Artículo 11. Límites máximos a las tasas de intercambio.
  20. Artículo 12. Prohibición de la repercusión de gastos al ordenante.
  21. Artículo 13. Obligaciones de información al Banco de España.
  22. Artículo 14. Seguimiento.
  23. Artículo 15. Régimen sancionador.
  24. TÍTULO II
  25. CAPÍTULO I
  26. Sección 1
  27. Artículo 16. Finalidad y objeto.
  28. Artículo 17. Gestión directa de los aeropuertos de interés general.
  29. Artículo 18. Cambio de denominación.
  30. Artículo 19. Definiciones en el ámbito aeroportuario.
  31. Artículo 20. Competencias, deber de colaboración y financiación.
  32. Sección 2
  33. Artículo 21. Servicio de interés económico general.
  34. Artículo 22. Garantías para el mantenimiento de la red de aeropuertos de interés general.
  35. Artículo 23. Documento de Regulación Aeroportuaria.
  36. Artículo 24. Propuesta de Aena, S.A., de Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA) y consultas.
  37. Artículo 25. Elaboración y propuesta de aprobación del Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA).
  38. Artículo 26. Aprobación del Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA).
  39. Artículo 27. Modificación del Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA).
  40. Artículo 28. Tratamiento de la información confidencial y deber de secreto.
  41. Artículo 29. Contenido del Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA).
  42. Artículo 30. Servicios aeroportuarios básicos.
  43. Artículo 31. Supervisión y seguimiento del Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA).
  44. Sección 3
  45. Artículo 32. Régimen de las tarifas aeroportuarias.
  46. Artículo 33. Determinación del ingreso máximo anual por pasajero ajustado (IMAAJ).
  47. Artículo 34. Establecimiento de las tarifas aeroportuarias y procedimiento de transparencia y consulta de las tarifas aeroportuarias.
  48. Artículo 35. Información suministrada.
  49. Artículo 36. Acuerdos sobre el nivel de servicio y servicios personalizados.
  50. Artículo 37. Supervisión del procedimiento de transparencia y consultas.
  51. Artículo 38. Supervisión de las tarifas aeroportuarias aplicadas de forma discriminatoria.
  52. Artículo 39. Recursos de las compañías aéreas frente a la decisión de Aena, S.A., de modificación o actualización de las tarifas aeroportuarias.
  53. Artículo 40. Plazo para resolver y decisión provisional sobre la eficacia de las tarifas aeroportuarias.
  54. Artículo 41. Acceso a la información.
  55. Sección 4
  56. Artículo 42. Procedimiento sancionador y responsabilidad administrativa.
  57. Artículo 43. Infracciones.
  58. Artículo 44. Sanciones.
  59. Sección 5
  60. Artículo 45. Transparencia, consulta y supervisión en relación a las tarifas aeroportuarias de aeropuertos autonómicos y de titularidad privada.
  61. Artículo 46. Información a las autoridades administrativas.
  62. Artículo 47. Medidas compensatorias en materia de calidad acústica.
  63. Artículo 48. Modificación de los anexos.
  64. Artículo 49. Incentivos comerciales.
  65. Sección 6
  66. Artículo 50. Operación de aeronaves civiles pilotadas por control remoto.
  67. Sección 7
  68. Artículo 51. Modificación de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea.
  69. Artículo 52. Modificación de la ley 13/1996, de 30 de diciembre, de medidas fiscales administrativas y del orden social.
  70. Artículo 53. Modificación de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.
  71. Artículo 54. Modificación del Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión.
  72. Artículo 55. Modificación de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
  73. CAPÍTULO II
  74. Artículo 56. Modificación del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
  75. TÍTULO III
  76. CAPÍTULO I
  77. Artículo 57. Modificación de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.
  78. Artículo 58. Listado de operadores al por mayor de GLP con obligación de suministro domiciliario de gases licuados del petróleo envasados.
  79. CAPÍTULO II
  80. Artículo 59. Sostenibilidad económica y financiera.
  81. Artículo 60. Retribución de las actividades reguladas.
  82. Artículo 61. Desajustes temporales entre ingresos y costes del sistema.
  83. Artículo 62. Retribución de las actividades reguladas de gas natural desde el 1 de enero de 2014 hasta la entrada en vigor del presente real decreto-ley.
  84. Artículo 63. Determinación de la retribución de la actividad de distribución de gas natural.
  85. Artículo 64. Determinación de la retribución de las actividades de regasificación, transporte y almacenamiento básico de gas natural.
  86. Artículo 65. Primer periodo regulatorio.
  87. Artículo 66. Costes del sistema gasista reconocidos para el año 2014 y siguientes.
  88. CAPÍTULO III
  89. Artículo 67. Modificación de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.
  90. Artículo 68. Modificación de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas.
  91. CAPÍTULO IV
  92. Sección 1
  93. Artículo 69. Creación de un sistema nacional de obligaciones.
  94. Artículo 70. Reparto del objetivo ahorro anual.
  95. Artículo 71. Cumplimiento de las obligaciones y Certificados de Ahorro Energético.
  96. Artículo 72. Fondo Nacional de Eficiencia Energética.
  97. Artículo 73. Organización, gestión y control del Fondo.
  98. Artículo 74. Dotación económica del Fondo Nacional de Eficiencia Energética.
  99. Artículo 75. Obligaciones de aportación al Fondo Nacional de Eficiencia en 2014.
  100. Sección 2
  101. Artículo 76. Seguro de responsabilidad civil por parte de los proveedores de servicios energéticos.
  102. Sección 3
  103. Artículo 77. Responsables.
  104. Artículo 78. Infracciones.
  105. Artículo 79. Infracciones en el ámbito del sistema nacional de obligaciones de eficiencia energética.
  106. Artículo 80. Infracciones en materia de auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos, promoción de la eficiencia del suministro de energía y contabilización de consumos energéticos.
  107. Artículo 81. Sanciones por las infracciones tipificadas en el ámbito del sistema nacional de obligaciones de eficiencia energética.
  108. Artículo 82. Sanciones por las infracciones tipificadas en materia de auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos, promoción de la eficiencia del suministro de energía y contabilización de consumos energéticos.
  109. Artículo 83. Prescripción de infracciones y sanciones.
  110. Artículo 84. Competencia para instruir y resolver.
  111. Artículo 85. Naturaleza de las sanciones y responsabilidades
  112. Artículo 86. Procedimiento sancionador.
  113. TÍTULO IV
  114. CAPÍTULO I
  115. Sección 1
  116. Artículo 87. Objeto.
  117. Artículo 88. Ámbito de aplicación.
  118. Artículo 89. Principios generales.
  119. Artículo 90. Objetivos.
  120. Artículo 91. Necesidad de inscripción.
  121. Sección 2
  122. Subsección 1ª
  123. Artículo 92. Creación y naturaleza.
  124. Artículo 93. Funciones del fichero.
  125. Artículo 94. Soporte.
  126. Artículo 95. Conjunto de datos.
  127. Subsección 2
  128. Artículo 96. Objeto de la inscripción.
  129. Artículo 97. Requisitos para la inscripción.
  130. Artículo 98. Procedimiento para la inscripción.
  131. Artículo 99. Lista única de demanda.
  132. Artículo 100. Obligaciones relativas a los datos.
  133. Subsección 3
  134. Artículo 101. Modificación de los datos y baja en el sistema.
  135. Artículo 102. Acceso, rectificación, cancelación y oposición.
  136. Artículo 103. Cesión de datos.
  137. Subsección 4
  138. Artículo 104. Objeto.
  139. Artículo 105. Requisitos y proceso de atención.
  140. Artículo 106. Medidas y acciones.
  141. Sección 3
  142. Artículo 107. Bonificación por la contratación de personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
  143. Artículo 108. Modificación de la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.
  144. Artículo 109. Contrato para la formación y el aprendizaje.
  145. Artículo 110. Revisión de las bonificaciones.
  146. Sección 4
  147. Artículo 111. Creación de un fichero de datos de carácter personal.
  148. Artículo 112. Coordinación y seguimiento.
  149. Artículo 113. Normas aplicables a los procedimientos regulados en el capítulo I.
  150. CAPÍTULO II
  151. Artículo 114. Modificación de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo.
  152. Artículo 115. Referencias a los programas públicos de empleo y formación.
  153. CAPÍTULO III
  154. Artículo 116. Modificación de la Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal. 2 redacciones · cambió el 30/10/2015
  155. Artículo 117. Modificación de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo.
  156. Artículo 118. Modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.
  157. Artículo 119. Modificación del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
  158. CAPÍTULO IV
  159. Artículo 120. Modificación del Real Decreto-ley 3/2014, de 28 de febrero, de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida.
  160. Artículo 121. Ordenación de los incentivos al autoempleo.
  161. TÍTULO V
  162. Artículo 122. Modificación de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
  163. Artículo 123. Modificación del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
  164. Artículo 124. Modificación de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica. 2 redacciones · cambió el 13/11/2015
  165. Disposición adicional primera. Modificación de la Ley 39/2007, de la carrera militar.
  166. Disposición adicional segunda. Oferta de plazas en las escalas de oficiales y suboficiales de los cuerpos específicos de los ejércitos y de los cuerpos comunes de las Fuerzas Armadas.
  167. Disposición adicional tercera. Oferta de plazas en las escalas de tropa y marinería.
  168. Disposición adicional cuarta. Plazas de acceso a cuerpo y escala.
  169. Disposición adicional quinta. Acceso a una relación de servicios de carácter permanente.
  170. Disposición adicional sexta. Reservistas voluntarios.
  171. Disposición adicional séptima. Escala superior de oficiales de la Guardia Civil.
  172. Disposición adicional octava. Convocatorias.
  173. Disposición adicional novena. Evento 120 años de la Primera Exposición de Picasso.
  174. Disposición adicional décima. Formalización al vigente presupuesto de la Sección 34 «Relaciones Financieras con la Unión Europea» de anticipos pendientes de aplicar al Presupuesto a 31 de diciembre de 2013.
  175. Disposición adicional undécima. Modificación de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario.
  176. Disposición adicional decimosegunda. Modificación del Real Decreto-ley 11/2012, de 30 de marzo, de medidas para agilizar el pago de las ayudas a los damnificados por el terremoto, reconstruir los inmuebles demolidos e impulsar la actividad económica de Lorca.
  177. Disposición adicional decimotercera. Plan Director de navegación aérea.
  178. Disposición adicional decimocuarta. Aeropuertos de interés general incluidos en la red gestionada por Aena, S.A.
  179. Disposición adicional decimoquinta. Servicios mínimos.
  180. Disposición adicional decimosexta. Presupuesto y programa de actuación plurianual de Aena, S.A.
  181. Disposición adicional decimoséptima. Régimen jurídico de ENAIRE como medio propio instrumental.
  182. Disposición adicional decimoctava. Órganos de gobierno de ENAIRE.
  183. Disposición adicional decimonovena. Prórroga de la entrada en vigor de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
  184. Disposición adicional vigésima. Llevanza del Registro Civil. 2 redacciones · cambió el 30/10/2015
  185. Disposición adicional vigesimoprimera. Gratuidad del servicio público. 2 redacciones · cambió el 30/10/2015
  186. Disposición adicional vigesimosegunda. Otras modificaciones de la Ley 20/2011, de 21 de julio. 2 redacciones · cambió el 30/10/2015
  187. Disposición adicional vigesimotercera. Uniformidad de los sistemas y aplicaciones informáticas en las Oficinas del Registro Civil. 2 redacciones · cambió el 30/10/2015
  188. Disposición adicional vigesimocuarta. Funciones de los Juzgados y Tribunales en materia de Registro Civil. 2 redacciones · cambió el 30/10/2015
  189. Disposición adicional vigesimoquinta. Bonificación en la cotización a la Seguridad Social por las prácticas curriculares externas de los estudiantes universitarios y de formación profesional.
  190. Disposición transitoria primera. Liquidación a cuenta de retribución durante el segundo periodo retributivo de 2014 para las actividades de transporte, plantas de regasificación, almacenamientos básicos y distribución.
  191. Disposición transitoria segunda. Gas de operación para autoconsumo de las plantas de regasificación.
  192. Disposición transitoria tercera. Aplicación del sistema de referencia geodésico.
  193. Disposición transitoria cuarta. Normas transitorias en relación con las tarifas hasta la aplicación del primer Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA).
  194. Disposición transitoria quinta. Primer Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA).
  195. Disposición transitoria sexta. Establecimiento de condiciones de eficiencia para el periodo 2015-2025.
  196. Disposición transitoria séptima. Régimen de aplicación gradual de la caja doble desde el inicio de 2015 hasta fin de 2018.
  197. Disposición transitoria octava. Prestaciones patrimoniales públicas por carga.
  198. Disposición transitoria novena. Normas transitorias en relación con los Comités de Coordinación Aeroportuaria.
  199. Disposición transitoria décima. Normas transitorias en materia de clasificación de aeropuertos a efectos de la aplicación de las tarifas aeroportuarias de Aena, S.A.
  200. Disposición transitoria undécima. Normas transitorias en materia de funciones aeroportuarias.
  201. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  202. Disposición final primera. Título competencial.
  203. Disposición final segunda. Habilitación normativa.
  204. Disposición final tercera. Incorporación de derecho comunitario.
  205. Disposición final cuarta. Modificación de disposiciones reglamentarias.
  206. Disposición final quinta. Entrada en vigor.
  207. Firma
  208. ANEXO I
  209. ANEXO II
  210. ANEXO III
  211. ANEXO IV
  212. ANEXO V
  213. ANEXO VI
  214. ANEXO VII
  215. ANEXO VIII
  216. ANEXO IX
  217. ANEXO X
  218. ANEXO XI
  219. ANEXO XII