Legislación › Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.
Disposición adicional vigesimocuarta. Funciones de los Juzgados y Tribunales en materia de Registro Civil.
Disposición adicional vigesimocuarta. Funciones de los Juzgados y Tribunales en materia de Registro Civil.
(Anulada)
Se declara la inconstitucionalidad y nulidad por Sentencia del TC 199/2015, de 24 de septiembre. BOE-A-2015-11713.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de octubre de 2015 En vigor | BOE-A-2015-11713 | Leer | Qué cambió |
| 5 de julio de 2014 | Texto original | Leer |
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