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Legislación › Ley 4/2014, de 20 de junio, de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Illes Balears.

Artículo 166. Licencias para obras de conservación y mantenimiento.

Artículo 166. Licencias para obras de conservación y mantenimiento.

Las obras de conservación y mantenimiento de las líneas e instalaciones tranviarias y demás servicios auxiliares directamente relacionados con dicha explotación no precisarán de autorizaciones, permisos ni licencias administrativas.

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