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Legislación › Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima.

Artículo 172. Nombramiento y cese.

Artículo 172. Nombramiento y cese.

Dada la especial relación de confianza, el nombramiento y cese del capitán en su cargo corresponde al armador, sin perjuicio de las indemnizaciones que procedan de acuerdo con la legislación laboral.

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