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Legislación › Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima.

Artículo 268. De las cartas de porte marítimo.

Artículo 268. De las cartas de porte marítimo.

1. Los documentos del transporte no negociables y, en particular, las cartas de porte marítimo que se emitan con ocasión de un transporte marítimo no son títulos-valores.

2. La transmisión de estos documentos no atribuye al adquirente un mejor derecho sobre las mercancías que el que correspondía al tenedor.

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