Legislación › Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima.
Artículo 323. Tareas de manipulación.
Artículo 323. Tareas de manipulación.
Cuando el consignatario del buque realice tareas de manipulación portuaria de mercancías se le aplicarán las normas propias de esta actividad.


