Legislación › Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima.
Artículo 347. Concepto y requisitos del acto.
Artículo 347. Concepto y requisitos del acto.
Existe acto de avería gruesa cuando, intencionada y razonablemente, se causa un daño o gasto extraordinario para la salvación común de los bienes comprometidos en un viaje marítimo con ocasión de estar todos ellos amenazados por un peligro.


