Legislación › Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima.
Artículo 84. Cuaderno de Máquinas.
Artículo 84. Cuaderno de Máquinas.
En el Cuaderno de Máquinas se anotarán el régimen de marcha, el de mantenimiento, las averías, reparaciones y, en general, cuantas vicisitudes se refieran al funcionamiento de las máquinas y demás elementos e instalaciones de la competencia del departamento de máquinas.


