Legislación › Ley 3/2014, de 11 de julio, de la Generalitat, de Vías Pecuarias de la Comunitat Valenciana.
Artículo 31. De la revocación de las autorizaciones.
Artículo 31. De la revocación de las autorizaciones.
El incumplimiento de las condiciones establecidas para el ejercicio de las autorizaciones concedidas con arreglo a esta sección dará lugar a la revocación de la autorización, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas que correspondan.


