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Ley 3/2014, de 11 de julio, de la Generalitat, de Vías Pecuarias de la Comunitat Valenciana.

En vigor Comunitat Valenciana · Publicada el 1 de agosto de 2014 · Último cambio el 2 de julio de 2026 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO PRELIMINAR
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Definición, función y destino de las vías pecuarias.
  5. Artículo 3. Naturaleza jurídica.
  6. Artículo 4. Fines.
  7. Artículo 5. Denominaciones.
  8. Artículo 6. Red de Vías Pecuarias de la Comunitat Valenciana.
  9. Artículo 7. De la competencia.
  10. Artículo 8. Fondo Documental y Catálogo de Vías Pecuarias.
  11. TÍTULO I
  12. CAPÍTULO I
  13. Artículo 9. Conservación y defensa de las vías pecuarias. 2 redacciones · cambió el 30/12/2019
  14. Artículo 10. Restablecimiento y recuperación de oficio de las vías pecuarias. 2 redacciones · cambió el 30/12/2019
  15. CAPÍTULO II
  16. Artículo 11. Actos de gestión de las vías pecuarias.
  17. Artículo 12. Investigación.
  18. Artículo 13. Clasificación y sus efectos. 2 redacciones · cambió el 30/12/2019
  19. Artículo 14. Acto de deslinde. 2 redacciones · cambió el 30/12/2019
  20. Artículo 15. Amojonamiento.
  21. Artículo 16. Señalización de vías pecuarias.
  22. CAPÍTULO III
  23. Artículo 17. Desafectación de terrenos de vías pecuarias y destino de los bienes desafectados.
  24. Artículo 18. Enajenación de los terrenos de vías pecuarias desafectados. 2 redacciones · cambió el 30/12/2019
  25. CAPÍTULO IV
  26. Artículo 19. Modificaciones de trazado por razones de interés público y excepcionalmente por razones de interés particular. 2 redacciones · cambió el 30/12/2019
  27. CAPÍTULO V
  28. Artículo 20. Las vías pecuarias y su integración en el planeamiento urbanístico.
  29. Artículo 21. Tratamiento urbanístico de las vías pecuarias.
  30. CAPÍTULO VI
  31. Artículo 22. Modificaciones de trazado por la realización de obras públicas. 2 redacciones · cambió el 30/12/2021
  32. Artículo 23. Cruce de las vías pecuarias por realización de obras públicas sobre terrenos de vías pecuarias.
  33. CAPÍTULO VII
  34. Artículo 24. Modificación temporal de trazado de la vía pecuaria afectada por una explotación minera. 2 redacciones · cambió el 30/12/2019
  35. CAPÍTULO VIII
  36. Artículo 25. Vías pecuarias afectadas por la concentración parcelaria.
  37. TÍTULO II
  38. CAPÍTULO I
  39. Sección primera
  40. Artículo 26. Del uso general prioritario.
  41. Artículo 27. De los usos comunes compatibles. 2 redacciones · cambió el 30/12/2021
  42. Artículo 28. De los usos comunes complementarios.
  43. Sección segunda
  44. Artículo 29. Del uso y aprovechamiento especial recreativo, cultural, deportivo y educativo. 3 redacciones · cambió el 02/07/2026
  45. Artículo 30. Circulación de vehículos a motor no agrícolas.
  46. Artículo 31. De la revocación de las autorizaciones.
  47. Sección tercera
  48. Artículo 32. De los aprovechamientos de las vías pecuarias.
  49. CAPÍTULO II
  50. Artículo 33. Autorizaciones de ocupaciones temporales. 3 redacciones · cambió el 09/12/2024
  51. Artículo 34. Concesiones demaniales para ocupación del subsuelo. 5 redacciones · cambió el 02/07/2026
  52. CAPÍTULO III
  53. Artículo 35. Prohibiciones.
  54. TÍTULO III
  55. Artículo 36. Colaboración entre administraciones.
  56. TÍTULO IV
  57. CAPÍTULO I
  58. Artículo 37. De las funciones de policía.
  59. Artículo 38. De las funciones de vigilancia e inspección en materia de vías pecuarias.
  60. CAPÍTULO II
  61. Artículo 39. Disposición general.
  62. Artículo 40. Naturaleza de las infracciones.
  63. Artículo 41. Decomisos.
  64. Artículo 42. Pérdida de beneficios.
  65. Artículo 43. Personas responsables.
  66. Artículo 44. Prescripción de las infracciones.
  67. CAPÍTULO III
  68. Artículo 45. Disposición general.
  69. Artículo 46. Procedimiento sancionador. 2 redacciones · cambió el 30/12/2022
  70. Artículo 47. Criterios para la graduación de las sanciones.
  71. Artículo 48. Sanciones por infracciones concurrentes.
  72. Artículo 49. Medidas de carácter provisional y medidas cautelares.
  73. Artículo 50. Reparación de daños.
  74. Artículo 51. Competencia sancionadora.
  75. Artículo 52. Prejudicialidad del orden penal.
  76. Artículo 53. Prescripción de las sanciones.
  77. TÍTULO V
  78. Artículo 54. Garantías.
  79. Artículo 55. Carácter finalista de las cantidades percibidas por la Administración.
  80. Artículo 56. Silencio administrativo negativo.
  81. Disposición adicional primera. Denominación de cordel.
  82. Disposición adicional segunda. Actualización de la cuantía de las sanciones.
  83. Disposición adicional tercera. Habilitación para la redacción de modelos tipo.
  84. Disposición adicional cuarta. Plan de deslinde y amojonamiento de las vías pecuarias de la Comunitat Valenciana.
  85. Disposición adicional quinta. Vías pecuarias en las que existe otra afección de dominio público.
  86. Disposición adicional sexta. Desafectación de las vías pecuarias existentes.
  87. Disposición transitoria primera. Normativa aplicable a los procedimientos en tramitación en el momento de la entrada en vigor de la ley.
  88. Disposición transitoria segunda. Derechos consolidados conforme a la legislación de vías pecuarias anterior a la Ley 3/1995, de 23 de marzo.
  89. Disposición transitoria tercera. Procedimiento sumario para llevar a cabo la regularización de las intrusiones en los anchos no necesarios o sobrantes efectuadas antes de entrar en vigor la Ley 3/1995.
  90. Disposición transitoria cuarta.
  91. Disposición transitoria quinta.
  92. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  93. Disposición final primera. Desarrollo.
  94. Disposición final segunda. Entrada en vigor.
  95. Disposición final tercera. Modificación del Texto refundido de la Ley de tasas de la Generalitat, aprobado por Decreto legislativo 1/2005, de 25 de febrero, del Consell.
  96. Disposición final cuarta. Situación de determinadas edificaciones aisladas anteriores a la entrada en vigor de la ley.
  97. [firma]