Legislación › Ley 3/2014, de 11 de julio, de la Generalitat, de Vías Pecuarias de la Comunitat Valenciana.
Disposición transitoria primera. Normativa aplicable a los procedimientos en tramitación en el momento de la entrada en vigor de la ley.
Disposición transitoria primera. Normativa aplicable a los procedimientos en tramitación en el momento de la entrada en vigor de la ley.
Los procedimientos en materia de vías pecuarias que se encontraran en tramitación a la entrada en vigor de la presente ley se ajustarán a la normativa y requisitos establecidos en la normativa vigente en el momento de su iniciación.
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