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Legislación › Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.

Artículo 20. Control de la actividad económico-financiera.

Artículo 20. Control de la actividad económico-financiera.

1. El Instituto está sujeto al control externo de la Cámara de Cuentas de Aragón conforme a lo dispuesto en la legislación que regula esta Institución.

2. Asimismo, el Instituto está sujeto al control financiero ejercido por la Intervención General de conformidad con la normativa en materia de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.

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