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Orden AAA/1505/2014, de 31 de julio, por la que regula la pesquería de arrastre de fondo, en aguas de la subzona IX del Consejo Internacional de Exploración del Mar sometidas a la soberanía o jurisdicción de Portugal.
En vigor Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente · Publicada el 11 de agosto de 2014 · Último cambio el 3 de marzo de 2022 · Ver en el BOE
Índice
- no
- [preambulo]
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Censo de buques. 2 redacciones · cambió el 02/04/2020
- Artículo 3. Lista nominativa de buques. 2 redacciones · cambió el 02/04/2020
- Artículo 4. Distribución de las posibilidades de pesca. 3 redacciones · cambió el 03/03/2022
- Artículo 5. Distribución esfuerzo pesquero. 2 redacciones · cambió el 02/04/2020
- Artículo 6. Gestión de las posibilidades de pesca repartidas individualmente.
- Artículo 7. Transmisiones temporales de posibilidades de pesca. 2 redacciones · cambió el 02/04/2020
- Artículo 8. Transmisiones definitivas de posibilidades de pesca entre buques de arrastre de fondo en aguas de la subzona 9 del Consejo Internacional de Exploración del Mar, sometidas a la soberanía o jurisdicción de Portugal. 2 redacciones · cambió el 02/04/2020
- Artículo 8 bis. Intercambio de cuotas con otros Estados miembros.
- Artículo 9. Seguimiento y control de las cuotas y esfuerzo pesquero. 2 redacciones · cambió el 02/04/2020
- Artículo 10. Cambio de caladero.
- Artículo 11. Sustitución de buques en el censo.
- Artículo 12. Normas para el ejercicio de la actividad.
- Artículo 13. Especies que pueden ser capturadas.
- Artículo 14. Infracciones y sanciones.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III
- ANEXO IV


