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Legislación › Real Decreto 640/2014, de 25 de julio, por el que se regula el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios.

ANEXO II

Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de diciembre de 2015 y la del 6 de agosto de 2018. Tachado: lo que se quitó (33 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO II
Datos que deben remitir cada una de los organismos, entidades y corporaciones a que refiere el artículo 6
Dato
·
Profesional sanitario dependiente de un empleador con personalidad jurídica pública
·
Profesional sanitario dependiente de un empleador con personalidad jurídica privada
·
a) Número de incorporación al registro.
·
– Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
·
– Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
·
b) Nombre y apellidos.
·
– Ministerios y entidades dependientes.
– Consejerías de las comunidades autónomas (CCAA) y entidades dependientes.
– INGESA.
– Entidades que integran la administración local.
·
– Centros sanitarios privados y entidades de seguro.
– Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
– Servicios de prevención de riesgos laborales.
·
c) Número del Documento Nacional de Identidad (DNI) o Tarjeta de Identidad del Extranjero (TIE).
·
– Ministerios y entidades dependientes.
– Consejerías de las CCAA y entidades dependientes.
– INGESA.
– Entidades que integran la administración local.
·
– Centros sanitarios privados y entidades de seguro.
– Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
– Servicios de prevención de riesgos laborales.
·
d) Fecha de nacimiento.
·
– Ministerios y entidades dependientes.
– Consejerías de las CCAA y entidades dependientes.
– INGESA.
– Entidades que integran la administración local.
·
– Centros sanitarios privados y entidades de seguro.
– Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
– Servicios de prevención de riesgos laborales.
·
e) Sexo.
·
– Ministerios y entidades dependientes.
– Consejerías de las CCAA y entidades dependientes.
– INGESA.
– Entidades que integran la administración local.
·
– Centros sanitarios privados y entidades de seguro.
– Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
– Servicios de prevención de riesgos laborales.
·
f) Nacionalidad.
·
– Ministerios y entidades dependientes.
– Consejerías de las CCAA y entidades dependientes.
– INGESA.
– Entidades que integran la administración local.
·
– Centros sanitarios privados y entidades de seguro.
– Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
– Servicios de prevención de riesgos laborales.
·
g) Medio preferente o lugar a efectos de comunicaciones.
·
– Ministerios y entidades dependientes.
– Consejerías de las CCAA y entidades dependientes.
– INGESA.
– Entidades que integran la administración local.
·
– Centros sanitarios privados y entidades de seguro.
– Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
– Servicios de prevención de riesgos laborales.
·
h) Titulación.
·
– Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
·
– Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
·
i) Especialidad en Ciencias de la Salud.
·
– Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
·
– Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
·
j) Diploma en Áreas de Capacitación Específica.
·
– Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
·
– Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
·
k) Diploma de Acreditación y Diploma de Acreditación Avanzada.
·
– Consejerías de Salud de las CCAA y entidades dependientes.
– INGESA.
·
– Consejerías de Salud de las CCAA y entidades dependientes.
– INGESA.
·
l) Situación profesional.
·
– Ministerios y entidades dependientes.
– Consejerías de las CCAA y entidades dependientes.
– INGESA.
– Entidades que integran la administración local.
·
– Centros sanitarios privados y entidades de seguro.
– Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
– Servicios de prevención de riesgos laborales.
·
m) Ejercicio profesional.
·
– Ministerios y entidades dependientes.
– Consejerías de las CCAA y entidades dependientes.
– INGESA.
– Entidades que integran la administración local.
·
– Centros sanitarios privados y entidades de seguro.
– Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
– Servicios de prevención de riesgos laborales.
·
n) Lugar de ejercicio.
·
– Ministerios y entidades dependientes.
– Consejerías de las CCAA y entidades dependientes.
– INGESA.
– Entidades que integran la administración local.
·
– Centros sanitarios privados y entidades de seguro.
– Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
– Servicios de prevención de riesgos laborales.
·
o) Categoría profesional.
·
– Ministerios y entidades dependientes.
– Consejerías de las CCAA y entidades dependientes.
– INGESA.
– Entidades que integran la administración local.
·
·
p) Función.
·
– Ministerios y entidades dependientes.
– Consejerías de las CCAA y entidades dependientes.
– INGESA.
– Entidades que integran la administración local.
·
– Centros sanitarios privados y entidades de seguro.
– Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
– Servicios de prevención de riesgos laborales.
·
q) Desarrollo profesional.
·
– Ministerios y entidades dependientes.
– Consejerías de las CCAA y entidades dependientes.
– INGESA.
– Entidades que integran la administración local.
·
·
r) Colegiación profesional.
·
– Consejos y colegios profesionales.
·
– Consejos y colegios profesionales.
·
s) Cobertura de responsabilidad civil en cada uno de los ámbitos de ejercicio profesional.
·
– Ministerios y entidades dependientes.
– Consejerías de las CCAA y entidades dependientes.
– INGESA.
– Entidades que integran la administración local.
·
– Centros sanitarios privados y entidades de seguro.
– Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
– Servicios de prevención de riesgos laborales.
·
t) Suspensión o inhabilitación para el ejercicio profesional.
·
– Ministerios y entidades dependientes.
– Consejerías de las CCAA y entidades dependientes.
– INGESA.
– Entidades que integran la administración local.
– Consejos y colegios profesionales.
– Juzgados y Tribunales.
·
– Consejos y colegios profesionales.
– Juzgados y Tribunales.
·
u) Acreditación para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano (Anulada)
·
– Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
·
– Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

·

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de octubre de 2018 En vigor BOE-A-2018-14474 Leer Qué cambió
6 de agosto de 2018 BOE-A-2018-11274 Leer Qué cambió
24 de diciembre de 2015 BOE-A-2015-14028 Leer Qué cambió
15 de agosto de 2014 Texto original Leer

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