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Legislación › Ley 8/2014, de 1 de agosto, del juego y las apuestas en las Illes Balears.

Artículo 32. Graduación de las sanciones.

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Artículo 32. Graduación de las sanciones.
1. Para la graduación de las sanciones dentro de cada categoría, se tienen que ponderar la naturaleza de los hechos constitutivos de la infracción y las circunstancias personales o materiales que concurran en el caso y, especialmente, la intencionalidad de la persona infractora, el daño producido a terceras personas o a la Administración, la naturaleza de los perjuicios causados, la peligrosidad de la conducta, la trascendencia social y económica de la acción u omisión, la reincidencia o reiteración si las hubiera, y se tiene que aplicar en todo caso el criterio de proporcionalidad entre la infracción cometida y la cuantía y los efectos de la sanción, y el beneficio obtenido.
En ningún caso la cuantía de esta puede ser inferior al quíntuplo de las cantidades defraudadas.
2. Las sanciones, que en todos los casos deben ser proporcionales a la infracción, llevan implícita la devolución de los beneficios ilícitamente obtenidos a la Administración o a las personas perjudicadas que sean identificadas.
3. Las sanciones pecuniarias previstas en el presente título se pueden hacer efectivas antes de que se dicte la resolución del expediente sancionador, con una reducción del 15 % sobre la cuantía propuesta en el acuerdo o la resolución de inicio o, en su caso, en la propuesta de resolución.
4. Igualmente, el cumplimiento debidamente acreditado ante la administración competente de las obligaciones o los derechos formales del presunto infractor o infractora, por iniciativa propia, en cualquier momento del procedimiento administrativo sancionador, antes de que se dicte la resolución, supone una reducción del 15 % sobre la cuantía propuesta en el acuerdo o la resolución de inicio o, en su caso, en la propuesta de resolución. Las reducciones a que se refieren los apartados anteriores de este artículo se pueden acumular.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2018 En vigor BOE-A-2018-929 Leer Qué cambió
8 de agosto de 2014 Texto original Leer

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