LexTotal

Legislación › Ley

Ley 8/2014, de 1 de agosto, del juego y las apuestas en las Illes Balears.

En vigor Comunidad Autónoma de las Illes Balears · Publicada el 23 de agosto de 2014 · Último cambio el 8 de abril de 2023 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación de la ley.
  4. Artículo 2. Principios generales de ordenación.
  5. Artículo 3. Autorizaciones. 2 redacciones · cambió el 08/04/2023
  6. Artículo 4. Competencias de los órganos de la comunidad autónoma. 2 redacciones · cambió el 08/04/2023
  7. Artículo 5. Catálogo de Juegos y Apuestas.
  8. Artículo 6. Registro General del Juego de las Illes Balears.
  9. Artículo 7. Publicidad y promoción. 2 redacciones · cambió el 08/04/2023
  10. TÍTULO II
  11. Artículo 8. Establecimientos. 2 redacciones · cambió el 08/04/2023
  12. Artículo 9. Casinos de juego.
  13. Artículo 10. Salas de bingo.
  14. Artículo 11. Salones de juego.
  15. Artículo 12. Locales de apuestas.
  16. Artículo 13. Máquinas de juego. 2 redacciones · cambió el 08/04/2023
  17. Artículo 14. Apuestas.
  18. Artículo 15. Loterías.
  19. Artículo 16. Rifas y tómbolas.
  20. TÍTULO III
  21. Artículo 17. Empresas de juego.
  22. Artículo 18. Fianzas.
  23. Artículo 19. Empresas titulares de casinos.
  24. Artículo 20. Empresas titulares de salones de juego.
  25. Artículo 21. Empresas operadoras de máquinas.
  26. Artículo 22. Titulares de salas de bingo.
  27. TÍTULO IV
  28. Artículo 23. Las personas usuarias.
  29. Artículo 24. Limitaciones a la participación en los juegos y las apuestas.
  30. TÍTULO V
  31. Artículo 25. Inspección del juego.
  32. Artículo 26. Actas de la inspección del juego.
  33. TÍTULO VI
  34. Artículo 27. Régimen de las infracciones.
  35. Artículo 28. Infracciones muy graves. 2 redacciones · cambió el 08/04/2023
  36. Artículo 29. Infracciones graves. 2 redacciones · cambió el 08/04/2023
  37. Artículo 30. Infracciones leves. 2 redacciones · cambió el 08/04/2023
  38. Artículo 31. Sanciones.
  39. Artículo 32. Graduación de las sanciones. 2 redacciones · cambió el 29/12/2017
  40. Artículo 33. Sanciones accesorias.
  41. Artículo 34. Responsables.
  42. Artículo 35. Prescripción.
  43. Artículo 36. Caducidad. 2 redacciones · cambió el 08/04/2023
  44. Artículo 37. Potestad sancionadora y órganos sancionadores.
  45. Artículo 38. Medidas cautelares.
  46. Disposición adicional primera. Régimen aplicable a las actividades desarrolladas a través de medios informáticos, telemáticos, interactivos o de comunicación a distancia.
  47. Disposición adicional segunda. Autorizaciones concedidas por otras administraciones públicas.
  48. Disposición adicional tercera. Modificaciones de las reglas de juego.
  49. Disposición adicional cuarta. Autorización puntual de partidas de bingo.
  50. Disposición adicional quinta. Régimen de explotación de apuestas hípicas.
  51. Disposición adicional sexta. Comisión del Juego de las Illes Balears.
  52. Disposición adicional séptima. Planificación del número de establecimientos de juego y locales específicos de apuestas.
  53. Disposición transitoria primera. Normativa aplicable a los procedimientos en tramitación a la entrada en vigor de esta ley.
  54. Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de las autorizaciones concedidas de acuerdo con la normativa anterior. 2 redacciones · cambió el 08/04/2023
  55. Disposición transitoria tercera. Fianzas.
  56. Disposición derogatoria única. Normas que se derogan.
  57. Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
  58. Disposición final segunda. Modificación del Decreto 103/2006, de 1 de diciembre, sobre medidas técnicas de máquinas de juego de tipo B.
  59. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  60. [firma]