Legislación › Ley 6/2014, de 25 de julio, Canaria de Educación no Universitaria.
Disposición adicional sexta. Sistema retributivo.
Disposición adicional sexta. Sistema retributivo.
La administración educativa canaria, de forma similar al resto de las comunidades autónomas del Estado, reconocerá y retribuirá al profesorado de Canarias en los términos que se definan en los órganos de negociación correspondientes.
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