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Ley 5/2015, de 26 de junio, de derechos y garantías de la dignidad de las personas enfermas terminales.

En vigor Comunidad Autónoma de Galicia · Publicada el 23 de septiembre de 2015 · Último cambio el 16 de julio de 2015 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. TÍTULO PRELIMINAR
  3. Artículo 1. Objeto
  4. Artículo 2. Ámbito de aplicación
  5. Artículo 3. Definiciones
  6. Artículo 4. Principios básicos
  7. TÍTULO I
  8. Artículo 5. Derecho a la información asistencial
  9. Artículo 6. Derecho a la confidencialidad
  10. Artículo 7. Derecho a la toma de decisiones y al consentimiento informado
  11. Artículo 8. Derecho a otorgar el documento de instrucciones previas
  12. Artículo 9. Derecho a un trato digno
  13. Artículo 10. Derecho al rechazo y a la retirada de una intervención
  14. Artículo 11. Derecho del paciente a recibir cuidados paliativos integrales y al tratamiento del dolor
  15. Artículo 12. Derecho de los pacientes a recibir cuidados paliativos integrales y a la elección del domicilio para recibirlos
  16. Artículo 13. Consentimiento de las personas menores de edad
  17. Artículo 14. Derecho al acompañamiento
  18. TÍTULO II
  19. Artículo 15. Deber de confidencialidad
  20. Artículo 16. Deberes con respecto a la información clínica
  21. Artículo 17. Deberes con respecto a las decisiones clínicas y a la asistencia sanitaria
  22. Artículo 18. Deberes con respecto a la limitación del esfuerzo terapéutico
  23. Artículo 19. Deberes con respecto a las personas que puedan hallarse en situación de incapacidad de hecho
  24. TÍTULO III
  25. Artículo 20. Garantías de los derechos de las personas enfermas terminales
  26. Artículo 21. Acompañamiento a las personas enfermas terminales
  27. Artículo 22. Apoyo a la familia y a las personas cuidadoras
  28. Artículo 23. Asesoramiento en cuidados paliativos
  29. Artículo 24. Comités de ética asistencial
  30. Artículo 25. Formación continua en cuidados paliativos
  31. Artículo 26. Investigación en cuidados paliativos
  32. TÍTULO IV
  33. Artículo 27. Disposición general
  34. Artículo 28. Infracciones
  35. Artículo 29. Sanciones
  36. Artículo 30. Competencias
  37. Disposición adicional única. Difusión y promoción de la ley
  38. Disposición final primera. Desarrollo reglamentario
  39. Disposición final segunda. Nueva función de los comités de ética asistencial
  40. Disposición final tercera. Entrada en vigor
  41. Firma