Legislación › Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario.
Artículo 72. La Comisión de investigación de accidentes ferroviarios.
Artículo 72. La Comisión de investigación de accidentes ferroviarios.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única.c de la Ley 2/2024, de 1 de agosto. BOE-A-2024-15937
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 22 de agosto de 2024 En vigor | BOE-A-2024-15937 | Leer | Qué cambió |
| 1 de octubre de 2015 | Texto original | Leer |


