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Real Decreto 867/2015, de 2 de octubre, por el que se regulan las especificaciones y condiciones para el empleo del Documento Único Electrónico para el cese de actividad y extinción de las sociedades de responsabilidad limitada y el cese de actividad de las empresas individuales.
En vigor Ministerio de la Presidencia · Publicada el 16 de octubre de 2015 · Último cambio el 16 de octubre de 2015 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto
- Artículo 2. Ámbito de aplicación
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Puntos de Atención al Emprendedor
- Artículo 4. Naturaleza y contenido del DUE de extinción y cese de actividad
- Artículo 5. Trámites que pueden ser realizados con el DUE
- Artículo 6. Tramitación del DUE para el cese de actividad y la extinción de sociedades de responsabilidad limitada
- Artículo 7. Tramitación del DUE para el cese de actividad de empresarios individuales
- Artículo 8. Comunicación de modificaciones por las Administraciones públicas.
- Artículo 9. Protección de datos personales.
- Disposición adicional primera. No incremento del gasto público.
- Disposición adicional segunda. Colaboración con Comunidades Autónomas.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 44/2015, de 2 de febrero, por el que se regulan las especificaciones y condiciones para el empleo del Documento Único Electrónico (DUE) para la puesta en marcha de sociedades cooperativas, sociedades civiles, comunidades de bienes, sociedades limitadas laborales y emprendedores de responsabilidad limitada mediante el sistema de tramitación t
- Disposición final segunda. Supletoriedad.
- Disposición final tercera. Título competencial.
- Disposición final cuarta. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO


