Legislación › Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Artículo 13. Trabajo a distancia.
Artículo 13. Trabajo a distancia.
Las personas trabajadoras podrán prestar trabajo a distancia en los términos previstos en la Ley 10/2021 de trabajo a distancia.
Se modifica por la disposición final 3.1 de la Ley 10/2021, de 9 de julio. BOE-A-2021-11472
Se modifica por la disposición final 3.1 del Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre. BOE-A-2020-11043
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 11 de julio de 2021 En vigor | BOE-A-2021-11472 | Leer | Qué cambió |
| 13 de octubre de 2020 | BOE-A-2020-11043 | Leer | Qué cambió |
| 13 de noviembre de 2015 | Texto original | Leer |


