LexTotal

Legislación › Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores.

Artículo 112. Derecho a designar un sistema de liquidación.

Artículo 112. Derecho a designar un sistema de liquidación.

(Derogado).

Se deroga por la disposición derogatoria única del Real Decreto-ley 21/2017, de 29 de diciembre. BOE-A-2017-15837

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
3 de enero de 2018 En vigor BOE-A-2017-15837 Leer Qué cambió
13 de noviembre de 2015 Texto original Leer

← Artículo 111 Índice Artículo 113 →