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Legislación › Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

ANEXO VI

ANEXO VI

Datos que se facilitarán por los órganos competentes españoles

1. Datos de los vehículos:

En todo caso, se facilitarán:

– Número de matrícula.

– Número de bastidor.

– Estado miembro de matriculación.

– Marca.

– Modelo.

– Código de categoría UE.

– Clase de emisiones EURO [este dato se facilitará únicamente con respecto a la infracción contemplada en el párrafo i) del artículo 98].

– Clase por emisiones de CO2 [se aplica a vehículos pesados].

– Fecha de reclasificación.

– CO2 en g/tkm [se aplica a vehículos pesados].

– Masa máxima en carga técnicamente admisible del vehículo [se aplica a vehículos pesados].

2. Datos de los titulares, conductores habituales o arrendatarios a largo plazo:

– Apellidos o denominación social.

– Nombre.

– Dirección.

– Fecha de nacimiento.

– Sexo.

– Personalidad jurídica, persona física o jurídica; particular, asociación, sociedad, etc.

– Número identificador: Número del documento nacional de identidad, número de identificación de extranjero, número de identificación fiscal de personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica.

Se modifica el apartado 1 por la disposición final 1.2.4 de la Ley 9/2025, de 3 de diciembre. BOE-A-2025-24545

Se modifica el apartado 1 por el art. único.48 de la Ley 18/2021, de 20 de diciembre. BOE-A-2021-21006

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
5 de diciembre de 2025 En vigor BOE-A-2025-24545 Leer Qué cambió
22 de diciembre de 2021 BOE-A-2021-21006 Leer Qué cambió
1 de noviembre de 2015 Texto original Leer

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