Legislación › Real Decreto 988/2015, de 30 de octubre, por el que se regula el régimen jurídico de la obligación de financiación anticipada de determinadas obras audiovisuales europeas.
Artículo 12. Gastos computables de otros productos audiovisuales.
Artículo 12. Gastos computables de otros productos audiovisuales.
En los supuestos de financiación de obras audiovisuales no cinematográficas sólo serán computables como costes o gastos de producción los relacionados directamente con la producción o con la adquisición de derechos de explotación.


