Legislación › Real Decreto 1012/2015, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, y por el que se modifica el Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, sobre fondos de garantía de depósitos de entidades de crédito.
Artículo 42. Requerimiento mínimo de fondos propios y pasivos admisibles de las filiales a nivel individual y decisión conjunta sobre el requerimiento mínimo aplicado a nivel individual a las filiales del grupo.
Artículo 42. Requerimiento mínimo de fondos propios y pasivos admisibles de las filiales a nivel individual y decisión conjunta sobre el requerimiento mínimo aplicado a nivel individual a las filiales del grupo.
(Sin contenido).
Se deja sin contenido por el art. 2.10 del Real Decreto 1041/2021, de 23 de noviembre. BOE-A-2021-19307
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de noviembre de 2021 En vigor | BOE-A-2021-19307 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2016 | Texto original | Leer |


