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Orden DEF/166/2015, de 21 de enero, por la que se desarrolla la organización básica de las Fuerzas Armadas.

Derogada o sin vigencia Ministerio de Defensa · Publicada el 10 de febrero de 2015 · Último cambio el 28 de julio de 2020 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. Preámbulo
  3. CAPÍTULO I
  4. Artículo 1. Finalidad.
  5. Artículo 2. Elemento organizativo básico de las Fuerzas Armadas.
  6. Artículo 3. Creación, modificación y supresión de unidades.
  7. Artículo 4. Normas básicas de organización.
  8. CAPÍTULO II
  9. Artículo 5. Desarrollo de la organización del Estado Mayor de la Defensa. 2 redacciones · cambió el 22/02/2019
  10. Artículo 6. El Estado Mayor Conjunto de la Defensa. 2 redacciones · cambió el 18/09/2015
  11. Artículo 7. Jefatura de Apoyo para la Acción Conjunta. 2 redacciones · cambió el 18/09/2015
  12. Artículo 8. Los órganos de apoyo al mando, de asistencia y de servicios generales. 2 redacciones · cambió el 18/09/2015
  13. Artículo 9. El Mando de Operaciones. 3 redacciones · cambió el 21/12/2018
  14. Artículo 10. El Centro de Inteligencia de las Fuerzas Armadas.
  15. Artículo 11. El Mando Conjunto de Ciberdefensa.
  16. Artículo 12. El Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional.
  17. Artículo 13. El Mando de Vigilancia y Seguridad Marítima. 2 redacciones · cambió el 21/12/2018
  18. Artículo 14. El Mando de Defensa y Operaciones Aéreas.
  19. Artículo 15. La Unidad Militar de Emergencias. 2 redacciones · cambió el 22/02/2019
  20. Artículo 16. Representaciones militares nacionales y otros órganos dependientes del JEMAD.
  21. CAPÍTULO III
  22. Artículo 17. Desarrollo de la organización de los cuarteles generales.
  23. Artículo 18. El Estado Mayor. 2 redacciones · cambió el 30/05/2019
  24. Artículo 19. Los órganos de asistencia y servicios generales del Cuartel General. 2 redacciones · cambió el 30/05/2019
  25. CAPÍTULO IV
  26. Artículo 20. Fuerza del Ejército de Tierra. 2 redacciones · cambió el 22/12/2018
  27. Artículo 21. Fuerza de la Armada. 2 redacciones · cambió el 30/05/2019
  28. Artículo 22. Fuerza del Ejército del Aire.
  29. CAPÍTULO V
  30. Artículo 23. Apoyo a la Fuerza en el ámbito de los recursos humanos.
  31. Artículo 24. Apoyo a la Fuerza en el ámbito de los recursos materiales. 2 redacciones · cambió el 30/05/2019
  32. Artículo 25. Apoyo a la Fuerza en el ámbito de los recursos financieros.
  33. Artículo 26. Dependencia funcional.
  34. CAPÍTULO VI
  35. Artículo 27. Organización del Consejo de Jefes de Estado Mayor.
  36. Disposición adicional primera. Apoyo a las unidades ubicadas en la Base de Retamares.
  37. Disposición adicional segunda. Composición y funcionamiento de la Comisión Española de Historia Militar.
  38. Disposición adicional tercera. Órganos colegiados.
  39. Disposición adicional cuarta. Del Comandante General de la Infantería de Marina.
  40. Disposición adicional quinta. Organización de las unidades establecidas en esta orden ministerial.
  41. Disposición adicional sexta. Unidades dependientes operativamente del Jefe de la UME.
  42. Disposición adicional séptima. Relaciones de la Armada.
  43. Disposición adicional octava. Control de la navegación aérea.
  44. Disposición adicional novena. No incremento del gasto público.
  45. Disposición transitoria única. Unidades existentes.
  46. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  47. Disposición final primera. Facultades de desarrollo.
  48. Disposición final segunda. Entrada en vigor.
  49. Firma