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Legislación › Real Decreto 981/2015, de 30 de octubre, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo en Piragüismo de Aguas Bravas, Técnico Deportivo en Piragüismo de Aguas Tranquilas, y Técnico Deportivo en Piragüismo Recreativo Guía en Aguas Bravas, y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso.

ANEXO XVIII

ANEXO XVIII

Formación a distancia

Grado medio

  Ciclo inicial Ciclo final
Módulos bloque común.

MED-C101 Bases del comportamiento deportivo.

MED-C102 Primeros auxilios.

MED-C104 Organización deportiva.

MED-C105. Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad.

MED-C201 Bases del aprendizaje deportivo.

MED-C202 Bases del entrenamiento deportivo.

MED-C204 Organización y legislación deportiva.

MED-C205. Deporte y género.

MED-C206 Iniciación deportiva para personas con discapacidad

Módulos bloque específico. MED-PIPI106 Organización de evento de iniciación en piragüismo.

MED-PIPI202 Escuela de piragüismo.

MED-PIPI203 Piragüismo adaptado.

MED-PIPI204 Organización de eventos en piragüismo.

MED-PIAB207 Preparación física del piragüismo en aguas bravas.

MED-PIAT210 Entrenamiento en aguas tranquilas.

MED-PIAT211 Manejo de embarcaciones de recreo.

MED-PIPR216 Expedición, logística y materiales.

Se modifica por el art. 9.6 a 8 del Real Decreto 534/2026, de 30 de junio. BOE-A-2026-14332

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
22 de julio de 2026 En vigor BOE-A-2026-14332 Leer Qué cambió
26 de noviembre de 2015 Texto original Leer

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