Legislación › Real Decreto 981/2015, de 30 de octubre, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo en Piragüismo de Aguas Bravas, Técnico Deportivo en Piragüismo de Aguas Tranquilas, y Técnico Deportivo en Piragüismo Recreativo Guía en Aguas Bravas, y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso.
ANEXO XVIII
Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de noviembre de 2015 y la del 22 de julio de 2026.
Tachado: lo que se quitó (14 palabras). Subrayado: lo que se añadió (17 palabras).
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ANEXO XVIII
Formación a distancia
Grado medio
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Ciclo inicial ·
Ciclo final ·
Módulos bloque común. ·
MED-C101 Bases del comportamiento deportivo.
MED-C102 Primeros auxilios.
MED-C103 Actividad física adaptada y discapacidad. MED-C104 Organización deportiva.
MED-C105. Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad.
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MED-C201 Bases del aprendizaje deportivo.
MED-C202 Bases del entrenamiento deportivo.
MED-C203 Deporte adaptado y discapacidad. MED-C204 Organización y legislación deportiva.
MED-C205 Género MED-C205. Deporte y Deporte. género.
MED-C206 Iniciación deportiva para personas con discapacidad
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Módulos bloque específico. ·
MED-PIPI106 Organización de evento de iniciación en piragüismo. ·
MED-PIPI202 Escuela de piragüismo.
MED-PIPI203 Piragüismo adaptado.
MED-PIPI204 Organización de eventos en piragüismo.
MED-PIAB207 Preparación física del piragüismo en aguas bravas.
MED-PIAT210 Entrenamiento en aguas tranquilas.
MED-PIAT211 Manejo de embarcaciones de recreo.
MED-PIPR216 Expedición, logística y materiales.
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Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 22 de julio de 2026 En vigor | BOE-A-2026-14332 | Leer | Qué cambió |
| 26 de noviembre de 2015 | Texto original | Leer |


